Normativa de salario empleada del hogar 2021

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En el post de hoy, vamos a hablar sobre la normativa de salario de empleadas del hogar 2021.

El periodo comprendido entre el año 2019 hasta el año 2021 ha sido bastante significativo para el sector doméstico, pues ha aumentado el SMI. Justo en enero de 2019 se aprobaba la subida de las tarifas salariales para las empleadas del hogar. Durante este año ha habido una evolución de las condiciones salariales, llegando 2021 con varios cambios.

A continuación, explicamos la nueva normativa de salario empleada del hogar 2021

Según el artículo 8 del Real Decreto 1620/2011 una trabajadora empleada del hogar deberá percibir como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional cuando trabaja a jornada completa, siendo la jornada completa de 40 horas semanales, y en caso de que trabaje menos horas, la parte proporcional.

Existe una nueva normativa de salario de empleadas del hogar 2021 (desde enero hasta el 1 de septiembre).

La cuantía del SMI en el año 2021 ha aumentado hasta los 965 € en 14 pagas a partir del 1 de septiembre.

Hasta septiembre del 2021 las medidas estipulaban que el Salario Mínimo Interprofesional era de 950 € al mes en 14 pagas, lo que equivale a un salario anual de 13.300 € (a jornada completa). Si las pagas extras son prorrateadas, es decir si se perciben 12 nóminas al año, el salario mensual será de 1108,33 €. Si se fija un salario por día, ésta deberá de ser de 31,66 €.

Esto cambia a partir del 1 de septiembre del 2021 siendo el salario bruto* de:

  • Mensual: 965 €
  • Anual: 13.510 €

*Bruto porque a este salario se le debe sumar el tramo correspondiente de la Seguridad Social. Para saber lo que debes pagar, si eres un empleador a este salario le deberás restar la parte correspondiente que tocaría pagar al empleado, cuya cuantía varía en función del salario.

En el caso de trabajadores temporales y eventuales cuyos servicios a una misma empresa no excedan los 120 días el SMI será de 44,99 euros al día.

Podrás encontrar el directo que hace nuestra fundadora Carla de Cruylles juntos con la abogada laboralista Andrea Bayer aquí.

Ejemplo de lo que cuesta dar de alta una empleado de hogar por 19h semanales:

La fórmula es la siguiente: 19h x 4,2 semanas x 7,03€/h = 560,99€ brutos en 12 mensualidades y 480,85€ en 14 pagas mensualidades. A esto hay que añadirle el tramo de la Seguridad Social correspondiente:

   Tramo 4: 608,00€ x 25,10% = 152,61 € a cargo del empleador

                     608,00 x 4,70% = 28,58€ a cargo del trabajador

                     Bonificación parte empleador 20% de contingencias 28,70€

Total a pagar cada mes de Seguridad Social : 152,61€-28,70€= 123,91€ empleador + 28,58€ trabajador = 152,46 euros cada mes hasta el 31-12-2021.

Los porcentajes para calcular los tramos brutos y netos son los siguientes:

  • Porcentaje de cotización del trabajador, 4,70 %
  • Porcentaje de cotización del empleador, 23,60 % de contingencias comunes y 1,50% de contingencias profesionales.
  • Total 29,80% de cotización

Tramos y base de cotización de las empleadas del hogar

Estas son las bases de cotización que existen para el año 2021 y con las que se han realizado los cálculos indicados anteriormente.

Tramos Seguridad social

Esta forma de cotización por escalas finalizaba en el año 2020, pero se ha prorrogado hasta el año 2023. Durante el año 2021 se aplica una reducción del 20% por contingencias comunes. Por tanto, el empleador se beneficia de una reducción en las cuotas que paga por la cotización a la Seguridad Social por contratar una empleada de hogar. Para familias numerosas es un 45% de contingencias comunes.

Podréis encontrar toda la información en la sede la sede electrónica de la Seguridad Social en este enlace.

Debes saber que este salario mínimo siempre podrá ser mejorado a través de un acuerdo individual. Las 2 pagas extras se abonarán en julio y diciembre, excepto prorrata.

Para trabajos realizados fuera del área metropolitana se abonará el transporte.

Sobre los empleados de hogar internos no se ha establecido ningún salario. Sin embargo en Confio podemos orientar sobre los salarios basados en un salario de mercado según el uso de nuestros clientes:

Salario Neto mes (sin menores): 1050-1100€ (13 pagas), 30 días de vacaciones, salario anual 13.650-14.300€.

Salario Neto mes (con menores): 1100-1200€ (13 pagas), 30 días de vacaciones, salario anual 14.300-15.500€.

Tendrán derecho a 2h de descanso al día y 36h de descanso consecutivo.

Otros salarios de interés:

  • Salario Noche Extra (pernoctación de 12 horas): 30€
  • Salario por cada día festivo (sin pernoctación): 60€
  • Salario por cada día festivo (con pernoctación): 80€
  • Salario por día festivo muy señalado (Navidad / Año Nuevo): 100 €
  • Salario Fin de semana (sábado y domingo): 150 €
  • Salario Fin de semana (viernes tarde, sábado y domingo): 180 €

Este año, menos de 10h a la semana se pagará a 9€ la hora. (Incluidas vacaciones).

El salario por hora es otro concepto que ha aumentado significativamente en el 2020.

Éste ha pasado de 5,76 €/hora en 2018 a 7,55 € en el 2019.

Estos datos son los que utiliza la Seguridad Social para calcular el salario cuando se realizan menos de 40 horas a la semana. Es decir, la seguridad social calcula el número de horas a la semana, lo multiplica por el salario hora de 7.55 € y lo vuelve a multiplicar por 4 considerando que el mes tiene cuatro semanas.

En nuestra opinión, hay una incongruencia entre lo que dice el Real Decreto, con lo que se debe pagar en la Seguridad Social, en caso de jornada parcial que debe ser por horas (7,55 €). En este salario por hora estarían incluidas las pagas extraordinarias y las vacaciones.

Para más información podéis leer este enlace del abogado Alejandro Aradas en el que se explica con detalle:

  • El propio Real Decreto que regula la relación laboral de las empleadas del hogar determina (artículo 8) que el salario debe de ser el SMI o su parte proporcionalDicho salario mínimo se entiende referido a la jornada de trabajo completa a la que se refiere el artículo 9.1 de este real decreto, percibiéndose a prorrata si se realizase una jornada inferior.
  • Ese salario está pensado para cuando se trabaja de manera esporádica, ya que incluye las vacaciones y las paga extraordinarias.
  • Con esa forma de hacer los cálculos se llega a un absurdo: cobra más un trabajador a 39 horas que a 40.

En definitiva, el salario de 7,55 € a la hora incluye las vacaciones y las paga extraordinarias, y está pensado para un trabajador que es contratado por ejemplo solo una tarde o una semana, un tiempo determinado.

La diferencia es que el trabajador que tiene un contrato laboral para trabajar 39 horas de manera indefinida tiene derecho a descansar día y medio semanalmente y 30 días de vacaciones remuneradas anuales. La trabajadora por horas, no es que no tenga ese derecho, sino que ya se lo remuneran en el salario hora. Por lo tanto, en lugar de disfrutar de descansos, percibe un salario un poco más elevado.

El contrato por horas está pensado para una necesidad puntual, o una trabajadora que realice pocas horas a la semana en una vivienda. Ya que no se puede tener contratado a un trabajador todo el año sin que pueda disfrutar de vacaciones.

Esta subida salarial nos pareció muy positiva para todo el sector doméstico, pues pensamos que mejoraría la motivación y por lo tanto la productividad de los emplead@s del hogar. Sin embargo, se ha visto que la subida salarial también ha implicado en el 2019, 13.000 emplead@s del hogar que han dejado de cotizar y han sido sustituidas por personas en situación irregular, por economía sumergida, lo que es un retroceso para la economía de nuestro país. Ahora cabe esperar a que el gobierno establezca un paquete de ayudas a la contratación para las familias y así incentivar la contratación directa como se hace en otros países.

Condiciones laborales:

  • Alta en la S.S.: Es obligatorio desde la primera hora de trabajo
  • Contrato escrito: modelo oficial que se presentará en la oficina de la Seguridad Social. No será obligatorio hacer contrato escrito, (si alta SS) cuando el trabajo a desempeñar no supere las cuatro semanas.
  • Vacaciones: 30 días de vacaciones dentro del año natural (15 días consecutivos a pactar por ambas partes y avisando con 2 meses de antelación
  • Festivos: 14 días de fiestas laborales anuales (o retribuidos, o acumulados a vacaciones). Las Empleadas de Hogar disfrutaran de estos festivos durante 24 horas siempre que no exista otro acuerdo entre ambas partes.
  • Permisos retribuidos: Todos los que establece el Estatuto de los Trabajadores (matrimonio, nacimiento de hijo, fallecimiento/enfermedad familiares hasta 2º)
  • Subsidio por incapacidad: (accidente de trabajo o enfermedad profesional), se abonará a partir del 9º día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días 4º al 8º de la citada baja.
  • Des-estimación del contrato por parte del empleador: se hará por escrito. Si la relación laboral era de un año o más deberá avisarse con 20 días de antelación, en los demás supuestos con 7 días de antelación. La indemnización será de 12 días por año trabajado.

Condiciones laborales en internas:

  • Disponer de 2 horas diarias de descanso
  • Descansar 36 horas consecutivas comprendidas, como regla general, desde el sábado al domingo.
  • El descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente será como mínimo de 12 horas pudiéndose reducir a 10h.
  • La cotización como Empleada de Hogar no da derecho al cobro de desempleo.

Esto es todo lo que debes saber para estar al día sobre la nueva normativa de salario empleada del hogar 2020. Esperamos que este post te haya sido útil, y ¡nos vemos en la siguiente entrada!

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