Cómo obtener un permiso de trabajo con sólo 2 años de arraigo

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Jueves 6 de octubre 2022, artículo escrito por Patricia Flores.

 

Hoy vengo a hablarte de otro de los cambios que ha venido de la mano de la fantástica reforma de la Ley de Extranjería del 26 de julio. ¿Cómo obtener un permiso de trabajo con sólo 2 años de arraigo?

Esta novedad puede interesar a todos aquellos que han vivido dos años en España y quieran regularizar su situación, si aceptan formarse, es el llamado:

ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN

Este nuevo trámite para conseguir incorporar trabajadores al mercado laboral en trabajos poco demandados, está dentro del marco de la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, y como su nombre indica ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN, es una manera de regularizar personas que se encuentren ilegales en España pero tengan intención y se comprometan a hacer un curso de formación.

Requisitos

Uno de los requisitos indispensables para acceder a este trámite es haber residido en España de manera continuada durante los dos últimos años previos a la solicitud del trámite, para el cual se deberá aportar un empadronamiento histórico.

También se exigirá el certificado de antecedentes penales del país de origen legalizados.

Y por último pero muy importante, se ha de rellenar un impreso con los datos del solicitante indicando qué curso tiene intención de realizar.

¿Qué cursos son adecuados?

Estos cursos deben ser estudios reglados para el empleo, o cursos de formación específica, o cursos de formación promovida por los servicios públicos de empleo como es el SOC.

Concretamente los cursos del SOC creo que son importantes de mencionar porque son cursos gratuitos.

Hay todo tipo de cursos, tanto para personas con estudios como para personas sin estudios previos. La entidad que se encarga de estos cursos te guiará en la elección del mismo.

¿Cuáles son los plazos?

Una vez se presenta en extranjería la solicitud para el arraigo para la formación tenemos de plazo tres meses para aportar la matrícula del curso, y posterior resolución del trámite.

Si la autorización es concedida se obtiene un NIE de residencia, pero no de trabajo. Desde la resolución del trámite se tiene un plazo de 3 meses para empezar el curso de formación.

No será válida la formación que se haya iniciado antes de la autorización. Es un NIE de residencia de duración de 12 meses prorrogable a otros 12 meses si aún no se ha acabado la formación.

Con un máximo total de dos años con esta autorización de residencia, así pues los cursos no pueden tener una duración superior a 18 meses.

Si la formación tiene por ejemplo una duración de 6 meses, se podrá en ese momento modificar la tarjeta y pasar de una autorización de residencia a una de residencia y trabajo siempre y cuando presente un contrato de trabajo que tenga que ver con el tema del curso realizado y se haya aprobado el curso.

En algunos cursos se realizan prácticas durante la formación las cuales muchas veces el empleador acaba interesado en contratar al trabajador y formalizan un contrato que sería adecuado para esa modificación de tarjeta, pero ya cada caso es diferente.

¿Quieres que te ayudemos con los trámites?

Si estás interesado en este trámite y quieres que te ayude con todo el proceso puedes ponerte en contacto conmigo y escribirme por email.

Espero que este artículo haya sido de utilidad.

Saludos cordiales,

Patricia Flores, abogada Confio

patriciaf@confio.net

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